La Junta de Gobierno Local del
Ayuntamiento de Alicante ha aprobado hoy, con carácter de urgencia, el concurso
para la explotación de la Plaza de Toros durante las cuatro próximas temporadas
con opción a una prórroga de dos años. Este contrato, a expensas de esa
prórroga, finalizaría el 31 de diciembre de 2017. La Feria de Hogueras estará
compuesta, como mínimo, por tres corridas de toros, una novillada con la
presencia como mínimo de un novillero alicantino, y un festejo de rejones. En
cuanto a las mejoras para los posibles licitadores figuran un programa de
colaboración con la Escuela Taurina Municipal, la celebración de un espectáculo
taurino -corrida de toros, novillada o rejones- en agosto, y la programación de
actividades taurino-culturales.
Éstas son las características
principales del nuevo contrato para licitar por la gestión de la plaza de
toros:
1.- Tipo de contrato:
Se trata de un contrato
administrativo especial.
2.- Objeto:
1.- La explotación de la plaza
de toros, de Alicante, con sus instalaciones y dependencias, para celebrar en
ella todo tipo de espectáculos taurinos, musicales y demás actividades públicas
recreativas, exceptuando la gestión y las instalaciones del museo taurino
municipal, en los términos que se detallan en la legislación aplicable a cada
una de tales actividades, en este pliego y en el de cláusulas administrativas
particulares que regulan el contrato.
2.- La explotación del servicio
de alquiler de almohadillas, tanto de espectáculos taurinos como de cualquier
otra índole. Las almohadillas que se utilicen serán aportadas por el
Ayuntamiento en número máximo de 3.000, pudiendo el adjudicatario elevar tal
cantidad, a su cargo.
3.- La explotación del
bar-repostería y venta de productos de consumo directo.
4.- El Ayuntamiento podrá
disponer libre, ilimitada y gratuitamente de la plaza, instalaciones y
dependencias, siempre que no interfiera la celebración de los espectáculos
programados por el contratista, obligatorios u optativos.
3.- Duración:
1.- El plazo de ejecución del
contrato se iniciará el día siguiente al de la formalización del mismo y
finalizará el 31 de diciembre de 2017.
2.- El contrato podrá
prorrogarse por dos años más, por mutuo acuerdo de las partes antes de su
finalización.
4.- Procedimiento contractual:
Abierto, con una pluralidad de
criterios de adjudicación.
5.- Medios para acreditar la
solvencia de los licitadores:
Los medios para acreditar la
solvencia de los licitadores que se presenten al procedimiento, serán los
siguientes:
A.- Solvencia económica y
financiera. Se acreditará mediante la cifra bruta del ejercicio fiscal 2012,
del volumen de negocio declarado ante la Agencia Tributaria, no pudiendo ser
inferior a 200.000 euros.
B.- Solvencia técnica o
profesional. Se acreditará, por una parte, mediante una relación de los
principales servicios prestados por los licitadores durante los últimos tres
años, en relación con la gestión y explotación de plazas de toros de categoría
igual o superior a la de Alicante y, por otra, mediante la indicación del
personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, que
participarán en el contrato.
6.- Tipo de licitación al
alza.-
El procedimiento se somete a
unos tipos de licitación que se establecen mediante, por una parte, la
expresión, en cada temporada, de un porcentaje de participación sobre los
ingresos brutos de taquilla y televisión, IVA excluido, de cada espectáculo
taurino que se celebre y, por otra, de unas cantidades fijas por la celebración
de cada espectáculo no taurino que se promueva y por las retransmisiones
televisadas tanto de este tipo de espectáculos como de los de naturaleza
taurina, sin que, en ningún caso, se admitan ofertas inferiores a las
consignadas a continuación:
A.- Para la celebración de
espectáculos taurinos: Admitiéndose proposiciones al alza, el tipo de
licitación por la celebración de espectáculos taurinos es de un 2,5% sobre los
ingresos brutos de taquilla (IVA excluido) que el adjudicatario perciba de cada
espectáculo que promueva, tanto de los obligatorios como de los opcionales.
B.- Para la participación
económica municipal en los contratos concertados para la retransmisión
televisada de corridas de toros. Los licitadores ofertarán al Ayuntamiento una
cantidad por cada uno de las corridas de toros que se televisen concertados con
las cadenas interesadas. La cantidad mínima por corrida de toros televisada que
el adjudicatario deberá abonar al Ayuntamiento será de tres mil (3.000,00.-)
euros, por cada una de ellas, excluyéndose las novilladas, y admitiéndose
proposiciones al alza.
C.- Para la celebración de
espectáculos no taurinos: Los licitadores ofertarán al Ayuntamiento una
cantidad fija por cada uno de los espectáculos no taurinos a celebrar en la
plaza de toros. La cantidad mínima que, por tal concepto, el adjudicatario
deberá abonar al Ayuntamiento será de mil quinientos (1.500,00.-) euros, por
cada uno de ellos, admitiéndose proposiciones al alza. En el supuesto de que un
mismo espectáculo se programe por más de un día, la cantidad ofertada se
abonará íntegramente por el primer día de utilización. La cantidad a satisfacer
por cada día adicional de utilización de la plaza para el mismo espectáculo
tendrá una reducción del 50% de la cantidad ofertada por el adjudicatario.
D.- Para la participación
económica municipal en los contratos concertados para la retransmisión
televisada de espectáculos no taurinos. Los licitadores ofertarán al
Ayuntamiento una cantidad por cada uno de los espectáculos no taurinos que se
televisen concertados con las cadenas interesadas. La cantidad mínima por
espectáculo no taurino televisado que el adjudicatario deberá abonar al
Ayuntamiento será de dos mil (2.000,00.-) euros, por cada uno de ellos,
admitiéndose, también, proposiciones al alza.
7.- Mejoras.-
A.- Programa de colaboración
con la escuela taurina municipal.
a) La celebración de tentaderos
en fincas ganaderas.
b) Lecciones prácticas, en la
Plaza de Toros de Alicante,
B.- Programa de difusión y
promoción.
C.- Celebración de un
espectáculo taurino en el mes de agosto (corrida de toros, novillada o corrida
de rejones) con motivo de la festividad en honor a la Virgen del Remedio.
D.- Programación de actos
taurino-culturales, ciclos estables de charlas o conferencias, exposiciones
itinerantes y por la donación al Museo Taurino de piezas de interés para el
mismo.
8.- Espectáculos que se
celebrarán.-
A.- Festejos taurinos
obligatorios.
a) Durante las Ferias de
Fogueres, a celebrar los meses de junio de cada año, el adjudicatario queda
obligado a ofrecer, al menos, tres (3) corridas de toros, un (1) festejo de
rejones y una (1) novillada picada, en la que, necesariamente, deberá actuar un
novillero alicantino.
b) En las Ferias de agosto el
adjudicatario, si así lo hubiese propuesto en su oferta, queda obligado a
promover, al menos, una (1) corrida de toros o de rejones o una novillada con
picadores.
B.- Festejos taurinos
opcionales.
Además de los festejos
obligatorios especificados en el apartado 1, de esta prescripción, el
adjudicatario, opcionalmente, podrá promover a lo largo de la temporada, previa
autorización municipal, cuantos otros festejos taurinos estime pertinente,
siempre que no coincidan con las fechas que se reserve el Ayuntamiento para
actos o espectáculos organizados, patrocinados o autorizados por él y no
perturbe o dificulte la preparación de los mismos.
C.- Espectáculos obligatorios
de naturaleza no taurina.
El adjudicatario quedará
obligado a promover, al menos, tres (3) espectáculos no taurinos al año.
9.- Localidades.-
1.- Los licitadores presentarán
al responsable del contrato la lista de precios máximos que oferten para las
localidades de las ferias taurinas, que no podrán incrementarse en cantidad
superior al 85% de la variación experimentada, en el conjunto nacional, por el
Índice de Precios al Consumo (I.P.C.), a 31 de diciembre del año inmediato
anterior.
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